Resumen del Artículo Disposición final cuarta

Artículo Disposición final cuarta del Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón. (codigo) — Disposición final cuarta. Autorización normativa. Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar cuantas disposiciones considere necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final cuartaDisposición final cuarta

Disposición final cuarta. Autorización normativa.

Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar cuantas disposiciones considere necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

Norma publicada: 15 de abril de 2002

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final cuarta

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final cuarta?

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